Ley N° 20.137 permiso por muerte hijo, cónyuge y padres

Ley N° 20.137 concede permiso pagado por fallecimiento:

hijo o cónyuge de 7 dias

hijo en gestación, padre o madre de 3 días hábiles

(Víctor Concha A., Presidente Comisión Previsión Social ASEMUCH)

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